Mazel Asistencia Industrial SL está inscrita en el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos.
Ámbito de aplicación del RD 56/2016
Las empresas obligadas a la realización de auditorías energéticas en base a este RD 56/2016 son las que cumplen los siguientes requisitos:
- Empresas de más de 250 personas y/o
- Empresas que tengan un volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y, a la par, un balance general que exceda de 43 millones.
- Grupos de sociedades que, teniendo en cuenta las magnitudes agregadas de todas las sociedades que forman el grupo consolidado, tengan más de 250 trabajadores y/o volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y, a la par, un balance general que exceda de 43 millones.
Dentro del alcance de este RD 56/2016 se excluyen las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), dejando solo obligadas a la realización de las auditorias a las grandes empresas que cumplan con los requerimientos citados.
El RD 56/2016 obliga a la realización de la auditoría energética con una periodicidad de 4 años, a considerar desde la fecha de la última auditoría realizada. Asimismo, respecto al alcance de las instalaciones a incluir dentro del estudio energético, el RD 56/2016 deja claro que se debe someter a auditoría al menos, el 85 % del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional que formen parte de las actividades industriales, comerciales y de servicios.
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