Mazel Asistencia Industrial SL está inscrita en el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos. 

Ámbito de aplicación del RD 56/2016

Las empresas obligadas a la realización de auditorías energéticas en base a este RD 56/2016 son las que cumplen los siguientes requisitos:

  1. Empresas de más de 250 personas y/o
  2. Empresas que tengan un volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y, a la par, un balance general que exceda de 43 millones.
  3. Grupos de sociedades que, teniendo en cuenta las magnitudes agregadas de todas las sociedades que forman el grupo consolidado, tengan más de 250 trabajadores y/o volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y, a la par, un balance general que exceda de 43 millones.

Dentro del alcance de este RD 56/2016 se excluyen las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), dejando solo obligadas a la realización de las auditorias a las grandes empresas que cumplan con los requerimientos citados.

El RD 56/2016 obliga a la realización de la auditoría energética con una periodicidad de 4 años, a considerar desde la fecha de la última auditoría realizada. Asimismo, respecto al alcance de las instalaciones a incluir dentro del estudio energético, el RD 56/2016 deja claro que se debe someter a auditoría al menos, el 85 % del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional que formen parte de las actividades industriales, comerciales y de servicios.

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